Manifiesto por la justicia del agua

Manifiesto por la justicia del agua

En el período previo a la Conferencia del Agua de Naciones Unidas de marzo de 2023, los
movimientos por la justicia del agua de todo el mundo se han unido para amplificar las voces
de los no escuchados y hacer un llamado a todos los presentes en la Conferencia en Nueva
York para abordar los problemas que consideramos fundamentales para lograr la justicia del
agua para todos, que están sintetizados en el Manifiesto por la justicia del agua que se
reproduce a continuación.
Puedes apoyar y suscribir el Manifiesto a través del formulario del enlace siguiente:

https://framaforms.org/endorse-water-justice-manifesto-suscribe-el-manifiesto-por-la-
justicia-hidrica-1677087019

 

MANIFIESTO POR LA JUSTICIA DEL AGUA

Las organizaciones, Pueblos Indígenas, movimientos sociales y defensoras y defensores del
agua abajo firmantes, se dirigen a las Naciones Unidas, ante la Conferencia del Agua de la ONU
2023, para hacerle llegar la voz de los que no suelen ser escuchados, pidiendo que los
siguientes temas fundamentales estén en el centro de las políticas del agua a nivel mundial,
regional, nacional y subnacional:
1. El agua y el saneamiento son derechos humanos fundamentales. EL agua es un bien
común y no una mercancía, que tiene que ser accesible para todos sin discriminación,
bajo control público. Los usos personales y domésticos de agua, incluida la higiene,
deben tener la máxima prioridad frente a los usos productivos, como los asociados a la
agricultura e industria.
2. Las políticas del agua deben priorizar la gestión sostenible de los ríos, lagos,
humedales, manantiales y acuíferos, garantizando su buen estado ecológico en el
marco del derecho humano a un medioambiente saludable, y como clave para
afrontar las crisis de contaminación, deforestación, desertificación, pérdida de
biodiversidad y cambio climático en curso. Los Estados deben garantizar que las
empresas agrícolas y los usuarios industriales rindan cuentas y sean responsables del
uso que hacen de todos los recursos naturales, incluida el agua, y de su impacto sobre
ellos, basándose en la aplicación de la legislación y la regulación, y no en medidas
voluntarias.
3. Los Pueblos Indígenas tienen derechos distintos e inherentes, así como sistemas de
conocimientos propios para relacionarse con el agua de manera armónica, por lo que
los Estados deben reconocerles su condición de sujetos colectivos de derechos y
respetar sus derechos territoriales, a la libre determinación y el derecho a ser
consultado para obtener el consentimiento previo, libre e informado frente a cualquier
proyecto que los afecte, y asegurarse que la gestión de sus medios de vida, incluido el
agua, se realice conforme sus propias normas, en cumplimiento de la Declaración de
las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
4. Los Estados deben dar el reconocimiento y el apoyo debido a las prácticas y a las
organizaciones de gestión comunitaria del agua y del saneamiento promovidas, entre
otras, por las comunidades campesinas y los pueblos indígenas, desarrollando
partenariados público-comunitario respetuosos con sus saberes y tradiciones.
5. En la mayoría de los países, las poblaciones rurales y las que viven en asentamientos
urbanos informales son las más discriminadas en términos de acceso a los servicios de
agua y saneamiento. Es obligación de los Estados garantizar la mayor prioridad en el
acceso a estas poblaciones. La cooperación internacional debe priorizar a estos
colectivos en sus acciones.
6. Debe reconocerse, apoyarse y garantizarse la participación activa, libre y significativa
de quienes son titulares de derechos, de los “right holders”, en todos los temas de la
política del agua, con énfasis en la participación igualitaria de las mujeres, superando
la marginación que sufren, a pesar de ser ellas las que cargan con la mayor
responsabilidad y el trabajo de abastecer de agua a sus familias. Dicha participación
debe tener la capacidad de influir en la toma de decisiones, superando los falsos
modelos participativos, que solo legitiman las decisiones adoptadas por las élites de
las sociedades.
7. Los servicios de agua y saneamiento deben guiarse siempre por los derechos humanos,
sin dejar a nadie atrás, incluidos quienes, por vivir en situación de vulnerabilidad,
marginación o pobreza, tienen dificultades de pago. La privatización, mercantilización
o financiarización de los servicios de agua y saneamiento son un riesgo para el disfrute
de los derechos humanos, por lo que no deben considerarse como políticas a nivel
global, nacional o local, así como en la cooperación internacional, potenciando, en su
lugar, la titularidad y gestión pública a través de partenariados público-públicos y
público-comunitarios.
8. Los Estados deben proteger y garantizar los derechos de los trabajadores, así como
unas condiciones laborales dignas, justas y equitativas. El acceso a los servicios en las
esferas de la vida fuera del hogar debe recibir urgentemente un alto nivel de prioridad
en las políticas públicas, que incluye el acceso en espacios públicos, lugares de trabajo,
centros de detención, escuelas y establecimientos de salud, así como en los mercados
donde los comerciantes venden alimentos y otros bienes en la economía informal.
9. Para resolver la crisis del agua es necesario superar la actual fragilidad del marco
multilateral de las Naciones Unidas, avanzando hacia una gobernanza que pueda
afrontar los desafíos presentados anteriormente, estableciendo un mecanismo
intergubernamental de reuniones regulares en torno al agua y saneamiento, y
mecanismos concretos de seguimiento de los compromisos adquiridos en los que los
sujetos y titulares de los derechos humanos participen de forma plena, efectiva y
significativa.
Como sujetos y titulares de derechos humanos y defensores y defensoras del agua, a menudo
criminalizados y perseguidos por defender los derechos humanos, exigimos que la ONU
priorice el diálogo y la colaboración con las comunidades más vulnerables en la
implementación del ODS 6, incluidos los Pueblos Indígenas, las comunidades campesinas, los
que viven en asentamientos informales, las poblaciones discriminadas por motivos de género,
ascendencia y clase, y todos aquellos que aún no tienen garantizado el acceso al agua potable
y al saneamiento.

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